Viernes 12 de Junio de 2026
Macrolote 1: estado actual, actuaciones realizadas y próximos pasos
Resumen:
El Directorio informa sobre la situación del Macrolote 1, donde se encuentra la cisterna principal del barrio. La operación analizada fue realizada con anterioridad a la actual gestión, sin participación ni conocimiento de este Directorio. Desde diciembre de 2025 se vienen realizando actuaciones legales e institucionales para analizar sus alcances, proteger los intereses del barrio y determinar los pasos a seguir.
Estimados vecinos:
De acuerdo a lo comprometido, actualizamos información respecto de la situación del denominado Macrolote 1 de la Manzana 100, donde actualmente se encuentra emplazada la cisterna principal que abastece de agua potable al barrio, el Directorio de Puerto del Águila Country Náutico S.A. considera oportuno brindar información actualizada y completa sobre las actuaciones realizadas y el estado actual de la cuestión.
En primer lugar, corresponde aclarar que este tema no es reciente ni ha sido descubierto en los últimos días. Tal como fuera informado oportunamente por este Directorio mediante comunicaciones institucionales anteriores, y particularmente en el comunicado emitido con fecha 9 de febrero de 2026, la situación vinculada a dicho inmueble se encuentra bajo análisis jurídico e institucional desde el momento en que el Directorio tomó conocimiento de la documentación correspondiente.
Asimismo, reiteramos que los procesos de escrituración de los lotes particulares son de exclusiva responsabilidad de la empresa desarrollista SR Resort S.A., no teniendo el Directorio de Puerto del Águila S.A. facultades ni intervención en dichos trámites. El Directorio se limita a informar a los propietarios los avances y novedades que logra recabar sobre el tema.
Ahora bien, lo que genera preocupación en este caso particular no es simplemente la existencia de una operación de compraventa, sino determinadas previsiones incorporadas en la Escritura N° 59 de fecha 2 de octubre de 2020 y en el Convenio Marco celebrado entre Jaguary Mink S.A. y Nueva Mutual de Servicios (NU.MU.SE.), mediante los cuales se transfirió una fracción de aproximadamente 29.608,73 m² ubicada dentro del perímetro del desarrollo Puerto del Águila.
De la documentación analizada surgen referencias vinculadas al eventual desarrollo futuro del inmueble, la posibilidad de construir un emprendimiento de características similares a The View, cuestiones relacionadas con expensas, servidumbres, acceso a costa y playa, utilización de determinados espacios e infraestructura y la situación de la cisterna principal que abastece al barrio.
En este punto queremos ser absolutamente claros.
El actual Directorio no participó de dicha operación, no intervino en su negociación, no prestó conformidad respecto de sus términos y tampoco fue informado oportunamente acerca de su existencia, alcance y contenido.
La operación fue celebrada varios años antes de que el actual Directorio asumiera sus funciones y jamás fue puesta formalmente en conocimiento de esta administración por parte de la desarrollista ni de las autoridades que precedieron a la actual gestión, pese a tratarse de una cuestión de evidente relevancia para Puerto del Águila y para los propietarios del barrio.
Asimismo, este Directorio considera necesario expresar que su deber institucional consiste en defender los intereses de Puerto del Águila Country Náutico S.A. y de sus accionistas, es decir, de todos los vecinos propietarios que integran nuestra comunidad.
Nuestra responsabilidad no es representar ni defender los intereses de la desarrollista ni de terceros, sino velar por la protección del patrimonio común, la infraestructura del barrio, los servicios esenciales, los espacios comunes y los derechos que corresponden al conjunto de los socios y accionistas.
Por ello, este Directorio no comparte (y así se lo ha hecho saber a todas las partes contratantes) que se hayan asumido compromisos, otorgado facultades o efectuado previsiones que eventualmente puedan involucrar derechos, servicios, infraestructura o intereses de Puerto del Águila sin la debida participación, intervención o conocimiento de los órganos societarios correspondientes.
No participamos, no fuimos informados y no compartimos la forma ni el contenido de una operación que podría afectar intereses del barrio.
Precisamente por ello, desde el momento en que se tomó conocimiento de la situación se iniciaron actuaciones concretas destinadas a obtener información, documentación y explicaciones respecto de los antecedentes y alcances de la operación realizada.
Con fecha 11 de diciembre de 2025 se remitieron comunicaciones formales y Carta Documento a la desarrollista, requiriendo explicaciones y antecedentes respecto de las estipulaciones contenidas en la escritura mencionada y solicitando que se justificaran los fundamentos jurídicos que habrían habilitado la inclusión de determinadas previsiones relacionadas con Puerto del Águila.
Posteriormente, el Sr. Sergio Roggio respondió manifestando que, a criterio de la desarrollista, las previsiones incorporadas en dichos instrumentos se encontraban comprendidas dentro de sus facultades y de los antecedentes contractuales del emprendimiento.
A raíz de ello se obtuvo un dictamen jurídico especializado y, con fecha 26 de febrero de 2026, se cursó una nueva intimación requiriendo documentación adicional vinculada al Estudio de Impacto Ambiental, Licencia Ambiental, planos y demás antecedentes necesarios para profundizar el análisis de la situación existente.
Asimismo, se hizo presente que una operación de estas características debió haber sido oportuna y formalmente informada al barrio y a sus órganos de administración, circunstancia que no ocurrió.
Posteriormente a nuestro requerimiento , la desarrollista informó que aportaría documentación complementaria, quedando aún aspectos sujetos a análisis y verificación.
Del mismo modo, el Directorio fijó posición institucional respecto de que dicho inmueble integra el perímetro y organización del barrio y, en consecuencia, corresponde analizar y reclamar las obligaciones económicas que pudieran derivarse de tal circunstancia, incluyendo las expensas correspondientes.
Luego de ello, el día 16/3/2026 se cursó intimación formal a NU.MU.SE rechazando e impugnando las estipulaciones contenidas en esa escritura en la medida de que sin derecho impliquen detrimento, menoscabo o afectación de los derechos de Puerto del Águila, sin perjuicio de la disposición a reunirse y aclarar las cuestiones que pudieren corresponder. Se reclamó el pago de la totalidad de las expensas adeudadas desde la adquisición del inmueble, suspendiendo el curso de una eventual prescripción, reservándose expresamente la sociedad todas las acciones y derechos que pudieran corresponder.
Con fecha 8 de abril de 2026 NU.MU.SE. respondió rechazando dicho reclamo, manifestando su disposición a mantener reuniones para analizar la situación existente y adelantando distintas posiciones vinculadas a una eventual escisión del barrio, la situación de la cisterna y otros aspectos relacionados con el inmueble.
Por otra parte, surge de la propia documentación analizada que la adquirente reconoció expresamente la existencia de la cisterna que abastece al barrio y asumió obligaciones vinculadas a la constitución de servidumbres relacionadas con dicha infraestructura, cuestión que también continúa siendo objeto de seguimiento y verificación por parte de nuestros asesores.
EN LA ACTUALIDAD
Actualmente se continúa analizando la totalidad de la documentación reunida, la documentación posteriormente aportada por la desarrollista, los antecedentes urbanísticos y ambientales del macro lote, la situación de la cisterna emplazada dentro del inmueble, los alcances de las servidumbres previstas y los distintos escenarios jurídicos e institucionales posibles, a fin de adoptar las decisiones que resulten más convenientes para la protección de los intereses del barrio y de sus accionistas.
La presente situación es completamente independiente de la relación institucional que Puerto del Águila mantiene con la desarrollista respecto de otros procesos y transferencias actualmente en curso, los cuales continúan desarrollándose por las vías correspondientes.
Asimismo, el Directorio ha dispuesto analizar las distintas alternativas institucionales que pudieran corresponder para el tratamiento de esta situación.
En tal sentido, se ha solicitado un dictamen jurídico externo e independiente respecto de la eventual conveniencia y procedencia de convocar a una Asamblea extraordinaria de Accionistas para abordar específicamente esta temática, evaluar su alcance y determinar, en su caso, las acciones institucionales que pudieran corresponder.
La eventual convocatoria de dicha Asamblea será evaluada una vez concluida la recopilación y análisis de la documentación necesaria, partiendo del hecho que se trata de algo sumamente complejo con muchas aristas, y procurando que cualquier decisión que se adopte cuente con la mayor cantidad posible de información, antecedentes y fundamentos técnicos, jurídicos e institucionales.
Se procurará realizar próximamente una reunión con los representantes de NU.MU.SE, para tomar conocimiento más claro y concreto de su postura, sin perjuicio de profundizar el análisis de la situación existente para decidir los pasos a seguir.
Entendemos que, por la relevancia de este tema y por las implicancias que eventualmente podría tener para el futuro de Puerto del Águila, corresponde analizar también mecanismos que permitan una adecuada información y participación de los accionistas dentro del marco societario correspondiente.
Entendemos y compartimos la preocupación que esta situación ha generado en todos los vecinos y especialmente en aquellos propietarios cuyos lotes se encuentran más próximos, colindantes o eventualmente podrían verse afectados por cualquier decisión futura vinculada a dicho inmueble.
Por tal motivo, además de mantener abiertos todos los canales institucionales de consulta e información, el Directorio convocará especialmente a los propietarios de los lotes más cercanos, colindantes o potencialmente afectados, a fin de escuchar sus inquietudes, intercambiar información, evacuar consultas y mantener un canal directo de diálogo respecto de esta situación.
Asimismo, reiteramos que cualquier propietario, en su carácter de adquirente y consumidor, conserva plenamente los derechos y acciones individuales que pudiera considerar pertinentes frente a la desarrollista, sin perjuicio de las actuaciones institucionales que corresponden al Directorio en representación de los intereses colectivos del barrio.
También recordamos que esta gestión ha impulsado y concretado diversas acciones destinadas a regularizar situaciones históricas pendientes vinculadas al patrimonio común de Puerto del Águila, entre ellas la transferencia y escrituración de bienes e instalaciones de uso común, incluyendo amenities, sector de ingreso y otros espacios estratégicos del desarrollo, gestiones que fueron oportunamente informadas a toda la comunidad.
MENSAJE FINAL
Finalmente, queremos transmitir tranquilidad a los vecinos.
Este Directorio continuará actuando con absoluta independencia de criterio, transparencia y responsabilidad institucional. Nuestro compromiso es defender los intereses de Puerto del Águila Country Náutico S.A. y de todos sus accionistas, procurando resguardar el patrimonio común, la infraestructura, los servicios y los derechos que pertenecen a toda la comunidad, con especial atención a los intereses de los propietarios y vecinos que, si bien actualmente representan una participación accionaria minoritaria respecto de la desarrollista SR Resort S.A., constituyen la mayoría de quienes habitan e integran el barrio y hacen uso permanente de sus instalaciones y servicios.
Seguiremos informando oportunamente cada avance relevante que se produzca, manteniendo una posición firme, responsable y basada en antecedentes documentados, con el objetivo de alcanzar las soluciones que mejor protejan los intereses presentes y futuros de Puerto del Águila.
Agradecemos a todos los vecinos mantener un diálogo respetuoso y constructivo, priorizando siempre los canales formales de información.
EL DIRECTORIO
PUERTO DEL ÁGUILA COUNTRY NÁUTICO S.A.
